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Gestión de residuos

Calendario de obligaciones legales

Materia

Requisito

Quién

Cuándo

A quién

RESIDUOS PELIGROSOS

RD 833/88
RD 952/97

Declaración anual de residuos peligrosos

Productores de residuos peligrosos (>10.000Kg/año)

Antes del 1 de marzo de cada año

Se presentará ante el Departamento de Medio Ambiente

Estudio de minimización y evaluación del mismo

Productores de residuos peligrosos

Cada cuatro años antes del 6 de julio del año correspondiente

Se presentará ante el Departamento de Medio Ambiente

Memoria anual de actividades

Gestores de residuos peligrosos

Antes de 1 de marzo de cada año

Se presentará ante el Departamento de Medio Ambiente

ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES

Ley 11/97
RD 782/98

RD 252/2006

O.MAM/3624/2006

Declaración anual de envases y residuos de envases

Responsables de la puesta en el mercado de envases o residuos de envases

Envases acogidos a un SIG antes del 28 de febrero de cada año

Se facilitarán los datos al Sistema Integrado de Gestión (SIG)

Envases no acogidos a un SIG antes del 31 de marzo de cada año

Se presentará ante el Departamento de Medio Ambiente

Plan empresarial de prevención de envases y residuos de envases

Responsables de la puesta en el mercado de envases o residuos de envases, cuando se superen anualmente las cantidades establecidas en el RD 782/98

Cada tres años antes del 31 de marzo

Se presentará ante el Departamento de Medio Ambiente o en el SIG en cada caso

Informar del grado de avance de los objetivos de reducción de envases

Los que presenten en plan de prevención de envases y residuos de envases

Cada año antes del 31 de marzo

Se informará al Departamento de Medio Ambiente o SIG en cada caso

PCB

RD 1378/99

Declarar los aparatos que contengan o hayan contenido PCB's sometidos a inventario, indicando las previsiones de su descontaminación o eliminación

El poseedor de PCB's, PCB's usados y aparatos con PCB's

Antes del 1 de septiembre de 2000Aquellos que no hayan sido declarados antes de esa fecha deben declararse lo antes posible

Se presentará ante el Departamento de Medio Ambiente

Descontaminación o eliminación de transformadores que contengan PCB's

Los poseedores de aparatos de transformadores con un volumen de PCB superior a 5 dm3 y concentración superior a 500 ppm de PCB en peso, así como del resto de aparatos con un volumen de PCB superior a 5 dm3 y concentración superior a 50 ppm y de los PCB contenidos en los mismos

Antes del 1 de enero de 2011

Entregarlos a un Gestor autorizado

Comunicar los aparatos que hayan sido descontaminados o eliminados por gestor autorizado

Los poseedores de aparatos que deban ser eliminados o descontaminados

Un mes después de realizarse la descontaminación o eliminación

Se informará al Departamento de Medio Ambiente

Comunicar las operaciones de mantenimiento o manipulación que afecten al fluido aislante

Los poseedores de los aparatos que contengan o hayan contenido PCB

Un mes después de realizar las operaciones de mantenimiento o manipulación

Se informará Departamento de Medio Ambiente

NEUMÁTICOS

Directiva 1999/31/CE

RD 1481/2001

Prohibición de depositar neumáticos enteros en vertedero

Los poseedores y generadores de neumáticos

A partir del 16 de julio de 2003

Se gestionará a través de Gestor autorizado

Prohibición de depositar neumáticos troceados en vertedero

Los poseedores y generadores de neumáticos

A partir del 16 de julio de 2006

Se gestionará a través de Gestor autorizado

VERTEDEROS

Decisión del Consejo de 19/12/02

Aplicar lo nuevos criterios y procedimientos de admisión en vertederos de residuos inertes, peligrosos y no peligrosos.

Entidades explotadoras de vertederos

Desde el 16 de julio de 2004

Los residuos que se depositen en vertedero deberán cumplir dichos criterios para poder ser admitidos

VFU

RD1383/2002

Orden Int 249/2004

Entrega de los vehículos fuera de uso en un centro de tratamiento autorizado o en una instalación de recepción.

Los poseedores de vehículos que quieran desprenderse de ellos

Desde el 13 de febrero de 2004

ll

Descontaminación de los vehículos fuera de uso antes de ser sometidos a cualquier tratamiento.

En un centro de tratamiento autorizado (CAT)

Desde el 13 de febrero de 2004 y en el plazo de 30 días desde la recepción del vehículo.

Los centros de tratamiento deberán cumplir con los requisitos especificados en el Anexo 1 del Real Decreto 1383/2002, así como disponer de la autorización para la gestión de residuos peligrosos.

IPPC

Ley 16/2002

Solicitud Autorización Ambiental integrada

Empresas nuevas cuya actividad está contemplada en el anejo I de la Ley

A partir del 3 de Julio de 2002

Ante el Departamento de Medio Ambiente

Empresas existentes cuya actividad está contemplada en el anejo I de la Ley

Antes del 30 de octubre de 2007. La tramitación tienen un plazo de resolución de 10 meses luego para cumplir con los plazos fijados la solicitud se deberá solicitar a más tardar el 1 de enero de 2007.

Ante el Departamento de Medio Ambiente

Suministrar los datos sobre las emisiones al aire, agua y suelo de las sustancias contaminantesdefinidas en la Decisión 2000/479/CE

Las instalaciones afectadas por la ley

Anualmente

La información se suministrará al Departamento de Medio Ambiente

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