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Información de residuos

Preguntas frecuentes

¿En qué momento comienza el almacenamiento de un residuo?


El RD 833/88 en el que se regula la gestión de residuos peligrosos, establece una serie de obligaciones legales que los residuos peligrosos llevan asociados, entre ellos el tiempo máximo de almacenamiento. Todo residuo peligroso debe estar identificado mediante una etiqueta, en la cual debe figurar la fecha de envasado. Se considera que la fecha de inicio de almacenamiento es en el momento en que se completa el envase y se cierra, llevándose al almacén de residuos, donde se le coloca la fecha. A partir de este momento es el momento en que comienza el almacenamiento y son seis meses los que se puede tener almacenado el residuo antes de cederlo a un gestor autorizado para su gestión. En el caso de los residuos no peligrosos, aunque no es necesario que estén identificados con etiqueta, el tiempo máximo de almacenamiento es de dos años. Con posterioridad a estos plazos, la normativa actual contempla la operación como eliminación.

 

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